Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria
Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N
Localidad: Llíria
Código Postal: 46160
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962782862
Civil
Número: 1027/2020
Decreto
Fecha: 30/03/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
EVA MARIA MIÑANA MARTI - NIF/NIE: ***3145**
JOAQUIN GOMEZ NAVARRO - NIF/NIE: ***5701**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-1-2020-0005931Procedimiento: Ejecución hipotecaria [EJH] - 001027/2020-De: D/ña. BANKIA, SA y CAIXABANK S.L.Procurador/a Sr/a. NAVAS GONZALEZ, JOSE ANTONIO y NAVAS GONZALEZ, JOSE ANTONIOContra: D/ña. EVA MARIA MIÑANA MARTI y JOAQUIN GOMEZ NAVARROProcurador/a Sr/a. E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACIONComo consecuencia del ignorado paradero de EVA MARIA MIÑANA MARTI y JOAQUIN GOMEZ NAVARRO , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificaciónde la resolución del tenor literal siguiente que ha sido dictada en el procedimiento de referencia:INICIO RESOLUCIONJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-1-2020-0005931Procedimiento: Ejecución hipotecaria [EJH] - 001027/2020-De: D/ña. BANKIA, SA y CAIXABANK S.L.Procurador/a Sr/a. NAVAS GONZALEZ, JOSE ANTONIO y NAVAS GONZALEZ, JOSE ANTONIOContra: D/ña. EVA MARIA MIÑANA MARTI y JOAQUIN GOMEZ NAVARROProcurador/a Sr/a. D E C R E T OSr./a LETRADO DE LA ADMÓN DE JUSTICIA : MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRESEn LLIRIA (VALENCIA), a treinta de marzo de dos mil veintitrésANTECEDENTES DE HECHOUNICO. - Por el Procurador Sr/a. NAVAS GONZALEZ, JOSE ANTONIO y NAVAS GONZALEZ, JOSE ANTONIO en nombre y representación de BANKIA, SA y CAIXABANK S.L. se solicita se proceda a la subasta de los bienes objeto de enajenación forzosa y que son los siguientes: URBANA 43. VIVIENDA UNIFAMILIAR SITUADA EN LIRIA, URBANIZACION JARDIN DE LAURO, L-9-2. La finca registral 44703, se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de LLIRIA, al tomo 1838, libro 588, folio 212, causando la hipoteca que se ejecuta la inscripción 5ª modificada por la 6ª PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:- La formación de un solo lote en el caso de ser solamente una la Finca registral objeto de ejecución o tantos lotes como Fincas son objeto de ejecución, a razón de formar cada lote con una sola Finca Registral y excluyente de aquellas otras Fincas Registrales con hoja registral propia y autónoma. Se concede plazo de cinco días hábiles procesales a las partes personadas en autos para alegaciones según el artículo 643 de la Ley de Enjuiciamiento Civil con el apercibimiento de que de no verificarlo en plazo se decretará la preclusión de trámite sin necesidad de dictar nueva resolución al respecto.- Se convoca subasta de los bienes objeto de ejecución forzosa que a continuación se detallan:URBANA 43. VIVIENDA UNIFAMILIAR SITUADA EN LIRIA, URBANIZACION JARDIN DE LAURO, L-9-2. La finca registral 44703, se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de LLIRIA, al tomo 1838, libro 588, folio 212, causando la hipoteca que se ejecuta la inscripción 5ª modificada por la 6ª Tratándose de subasta de bienes hipotecados, sean muebles o inmuebles, la subasta que se convoca con la presente resolución se realizará con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la subasta de bienes inmuebles-Se acuerda notificar la presente resolución al/los ejecutado/s con el apercibimiento contenido en el artículo 645.1 de la LEC,para lo cual , que establece que una vez firme la resolución prevista en el artículo anterior, la convocatoria de la subasta se anunciará en el BOE, sirviendo el anuncio de notificación al ejecutado no personado.- FIRME que sea la presente resolución, anunciése de conformidad con lo prevenido en el artículo 645 de la LEC.Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN en el plazo de cinco días desde su notificación, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y 454.2 bis y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 4394 0000 06 1027 20 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).Lo acuerdo y firmo. Doy fe.El/La Letrado de la Administración de Justicia FIN RESOLUCIONEn LLIRIA (VALENCIA) a treinta de marzo de dos mil veintitrés.EL/LA LETRADO A. JUSTICIA
Llíria, 20 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES
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