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Documento BOE-J-2023-165840

BARCELONA. Edicto de 20 de abril de 2023 en procedimiento en materia social número 13/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 99, de 26 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2023-165840

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 29 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio S) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 938874568

Correo electrónico: social29.barcelona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 13/2021

NIG: 0801944420198024984

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 22/07/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 06/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CLARO PARTNERS SL - NIF/NIE: B65360448

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Modo de impugnación (Diligencia): recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de laAdministración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo deTRES días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la LRJS).

Modo de impugnación (Decreto): recurso de REVISIÓN a presentar en el Juzgado Social núm. 29 de Barcelona mediante un escrito que debe presentar en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación, en el que debe fundamentarse la infracción en que la resolución haya incurrido. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 188.2 LRJS). La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resoluciónrecurrida y, en ningún caso, se actuará en sentido contrario a lo que se haya resuelto (art. 188.1 pár. 2 LRJS).

Barcelona, 20 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL PUY BUSTILLO CHOCARRO

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