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Documento BOE-J-2023-163871

MADRID. Edicto de 17 de abril de 2023 en procedimiento civil número 204/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 98, de 25 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-163871

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 204/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 19/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 dias

DESTINATARIOS

REAL DE SALAMANCA, S.L. - Nº ****5117*

CASES VERA, FRANCISCO ROBERTO

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal (250.2) entre BLINKER ESPAÑA, S.A.U. y D. FRANCISCO ROBERTO CASES VERA y REAL DE SALAMANCA S.L, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución: TASACIÓN DE COSTAS Que practica Dña. IRENE ORTIZ PLAZA, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid, en los autos de Juicio Verbal 204/2021. Examinados los autos, no siendo preceptiva la intervención de Abogado, de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la ley de Enjuiciamiento Civil, no procede en el presente supuesto aplicar la excepción del 32.5 LEC, según interpretación del citado precepto de conformidad con la finalidad del mismo, declarada por el Tribunal Constitucional, ya que de ser incluido se infringiría la ratio del precepto, al no ser especialmente gravoso el desplazamiento para el seguimiento del pleito y en su caso la asistencia al juicio en atención al domicilio que para notificaciones señalaron los demandantes que no es otro que el del despacho del Letrado firmante de la demanda con quien se han entendido todas las notificaciones incluso vía LEXNET y que se encuentra sito en C/ Francisco de Rojas, 7 , 28010 Madrid, dándose además la circunstancia de que se trata de un fuero electivo pudiendo haber acudido los demandantes a los juzgados de su procedencia. A mayor abundamiento en la propia demanda ya se indicó que no se pediría la celebración de vista. HONORARIOS LETRADO D. RAFAEL RAMÍREZ CORCELLES HONORARIOS PROCURADOR D. CARLOS SAEZ SILVESTRE En virtud de la inaplicación del artículo 32.5 LEC por las razones anteriormente expuestas, quedan excluidos por indebidos los honorarios del Letrado y Procurador. En consecuencia la presente tasación de costas no contiene cuantía alguna devengada a favor de la parte que la solicita. TOTAL TASACIÓN DE COSTAS...................................O euros (CERO EUROS) Y para que sirva de notificación a D. FRANCISCO ROBERTO CASES VERA y REAL DE SALAMANCA S.L. expido y firmo la presente

Madrid, 17 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA

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