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Documento BOE-J-2023-163468

BARCELONA. Edicto de 19 de abril de 2023 en procedimiento en materia social número 821/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 98, de 25 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2023-163468

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 29 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio S) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 938874568

Correo electrónico: social29.barcelona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 821/2022

NIG: 0801944420228041843

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 14/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 18/04/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CONSTRUCCIONS E.F. INTEGRALS SL - NIF/NIE: B63375703

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Modo de impugnación (Sentencia): recurso de SUPLICACIÓN, ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que debe ser anunciado en el Juzgado Social núm. 29 de Barcelona en el plazo de CINCO días hábiles, contados desde el siguiente a su notificación (artículo 194 LRJS). En el momento del anuncio, es necesario acreditar el haber efectuado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano judicial, la constitución de un depósito por importe de 300 euros; y, si la sentencia impugnada ha condenado al pago de una cantidad, también se debe acreditar haber consignado dicha cantidad en la referida Cuenta, en el momento del anuncio.

Modo de impugnación (Diligencia de Ordenación): recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administraciónde Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de TRES días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar lainfracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la LRJS).

Barcelona, 19 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL PUY BUSTILLO CHOCARRO

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