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Documento BOE-J-2023-163156

MADRID. Edicto de 17 de abril de 2023 en procedimiento civil número 452/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 98, de 25 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-163156

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 452/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Sin plazo

DESTINATARIOS

Concurso de Samuel del Valle Figueroa Caraballo y otra.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

El Juzgado Mercantil nº 2 de Madrid. 1.- Que en el Concurso Consecutivo seguido en este Juzgado con el nº 452/2022 y nº de registro general 28.079.00.2-2022/0359141, por auto fecha 18/01/2023 se ha declarado en concurso voluntario (consecutivo) que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D. Samuel del Valle Figueroa Caraballo, con DNI nº 44468675-S y Dª Eliana Paola González Litine, con DNI nº 55.385.746-K. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el TRLC en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, caso de que no lo hayan hecho con anterioridad. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es Iter Concursal SLP,, con domicilio postal en C/Ríos Rosas nº 36-3º ctro.-28036 Madrid, y dirección electrónica concursos.consecutivos&iter-concursal.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el TRLC, presentándose por el Mediador Concursal el Plan de Liquidación, concediéndose el plazo de Diez Días para formular observaciones y/o propuestas de modificación.

Madrid, 17 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME

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