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Documento BOE-J-2023-163134

MADRID. Edicto de 17 de abril de 2023 en procedimiento civil número 117/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 98, de 25 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-163134

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 117/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/04/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Mariela Benefrida Nuñez López y Antonio Marcial Núñez Rolon

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto Dña. María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid Hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 117/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0076665, por auto de fecha 13/04/2023, se ha declarado en concurso voluntario a Dña. MARIELA BENEFRIDA NUÑEZ LOPEZ y D. ANTONIO MARCIAL NUÑEZ ROLON, con nº de identificación 08013574Y e Y8978743V, respectivamente. 2.- Que de la solicitud se aprecia que el deudor cuenta con un pasivo de 20.822,01 euros. Ecos Spain, S.L.U 4.081,02 € Financiera El Corte Inglés, E.F.C, SA 5.284,70 € Financiera Española de Crédito a Distancia, E.F.C., SA 3.000,00 € Global Kapital Group Spain ,SL(myKredit) 2.000,00 € Orange Bank, SA, Sucursal en España 880, 87 € Procobro Debt Solutions, SL 2.269,00 € Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., SA 1.086,00 € Pepper Money Corporation, SL 1.770,42 € Working Capital Management España, SL 450,00 € 3.- Que los acreedores del concursado que representen al menos el 5% del pasivo, en el plazo de QUINCE DIAS, a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos del art. 37 ter TRLC. 4.- Transcurrido el mentado plazo sin que ningún legitimado hay formulado tal solicitud se procederá a la conclusión del concurso conforme al art. 465 TRLC.

Madrid, 17 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA

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