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Documento BOE-J-2023-1630

PICASSENT. Edicto de 2 de enero de 2023 en procedimiento civil número 1023/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-1630

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Picassent

Dirección: Calle BAIXADA DELS JUTJATS 1

Localidad: Picassent

Código Postal: 46220

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 963425174

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1023/2022

NIG: 4619441120220000726

RESOLUCIÓN PROCESAL

Requisitoria

Fecha: 06/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 10

DESTINATARIOS

ROBERTO LLERENA DELGADO - NIF/NIE: ***1114**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 PICASSENT (VALENCIA)Calle BAJADA DE LOS JUZGADOS,S/N 1º . Telf. 963425174 . Fax 963425191

N.I.G.: 46194-41-1-2022-0000726 Procedimiento: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES [ETJ] - 001023/2022De: MIGUEL ANGEL SANCHIS GUALProcurador: Contra: ROBERTO LLERENA DELGADOProcurador: REQUERIMIENTO

TRIBUNAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTOJuzgado de Primera Instancia nº 2 de PICASSENT (VALENCIA) . ASUNTO EN QUE SE ACUERDAEl arriba referenciado.

PERSONA QUE SE REQUIEREROBERTO LLERENA DELGADO

ORDEN QUE DEBE CUMPLIRManifestar relacionadamente ante el Juzgado, relación de bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con que título.

PLAZO PARA EL PERSONAMIENTO10 DÍAS ante el Juzgado o en el momento de la práctica de este requerimiento.

PREVENCIONES LEGALESPodrá incurrir, cuando menos en desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, así como en la posible imposición de multas coercitivas periódicas si no respondiere debidamente al requerimiento (artículo 589 de la Ley 1/2000 del Enjuiciamiento Civil (LECn).

En Picassent a seis de octubre de dos mil veintidós

EL LETRADO A. JUSTICIA

Picassent, 2 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR JESUS CABRERA GARCIA

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