Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante
Dirección: Avenida AGUILERA 53
Localidad: Alicante/Alacant
Código Postal: 03007
Provincia: Alicante/Alacant
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Correo electrónico: alpi01_ali@gva.es
Civil
Número: 449/2013
Diligencia
Fecha: 14/04/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MARCOS ANDRÉS IZQUIERDO PILLIMUE - NIF/NIE: ****7102*
ROSA IRENE CAMPO VERGARA - NIF/NIE: ***9283**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrado de la Administración de Justicia Sr.: ISAAC CARLOS BERNABÉU PÉREZ.
En ALICANTE, a catorce de abril de dos mil veintitrés.
Practicada en estos autos la tasación de costas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., acuerdo:
1.- Dar traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
2.- Informar a las partes de que dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada, con las advertencias siguientes:1ª) Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 de la L.E.C.).2ª) La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador (artículo 245.3 de la L.E.C.).3ª) En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 de la L.E.C.).
3.- Así mismo dese traslado de la propuesta de liquidación de intereses presentada por el ejecutante conforme al artículo 713 LEC.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
TASACIÓN DE COSTAS
Tasación de Costas que practica el Secretario Judicial que suscribe en el procedimiento de Ejecución Hipotecaria número 449/13seguidos a instancia de IBERCAJA BANCO SAU contra D. MARCOS ANDRÉS IZQUIERDO PILLIMUE y DÑA. ROSA IRENE CAMPO VERGARA a cuyo pago viene obligada la parte ejecutada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 539.2 de la LEC.
I.- HONORARIOS LETRADO: Conforme con la minuta presentada 600,93EUROS.
II.- DERECHOS DEL PROCURADOR: Conforme con los derechos presentados 999,87 EUROS.
III.- SUPLIDOS DEL PROCURADOR: Certificación de Cargas 48,10euros. SUBTOTAL SUPLIDOS 48,10EUROS.
NOTA.- No procede la inclusión de la tasa a la presente tasación de costas de conformidad con lo dispuesto en el número 7 del apartado primero del artículo 241 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
TOTAL TASACIÓN DE COSTAS 1.648,90EUROS.
En Alicante, a 14de abril de 2023
Alicante/Alacant, 19 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ
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