Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valladolid
Dirección: Calle NICOLAS SALMERON 5
Localidad: Valladolid
Código Postal: 47004
Provincia: Valladolid
Teléfono: 983218181
Concursal
Número: 93/2023
NIG: 4718647120230000221
Auto
Fecha: 12/04/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedroes interesados concurso de Lauro Pérez Gil
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Dª ADELA TAMAYO GOMEZ, Letrado de la Administración deJusticia de JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de VALLADOLID, por elpresente, HAGO SABER:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicialSECCION I DECLARACION CONCURSO 93/2023 y NIG nº 47186 47 12023 000221 , se ha dictado en fecha doce de abril de dos milveintitrés, AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario aldeudor D. LAURO PEREZ GIL con dni nº 44918095-S personafísica, con domicilio en calle El Salvador nº 7ºB, 47300-Peñafiel (Valladolid), coincidente con el centro de interesesprincipales. Cuyo pasivo asciende a la cantidad de 307.926euros.2.- Igualmente se ha acordado el llamamiento al acreedor o alos acreedores que representen, al menos, el cinco por cientodel pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contardel siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar elnombramiento de un administrador concursal para que presenteinforme razonado y documentado sobre los siguientes extremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudorhubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa quesean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio dela acción social de responsabilidad contra los administradoreso liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídicaconcursada, o contra la persona natural designada por lapersona jurídica administradora para el ejercicio permanentede las funciones propias del cargo de administrador personajurídica y contra la persona, cualquiera que sea sudenominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegaciónpermanente de facultades del consejo en uno o variosconsejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concursopudiera ser calificado de culpable.3.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimadohubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera personanatural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivoinsatisfecho.4.- El auto de declaración de concurso, en caso de que eldeudor fuera empleador, se notificará a la representaciónlegal de las personas trabajadoras.5.- Las resoluciones que traigan causa del concurso sepublicarán en el Registro Público Concursal:www.publicidadconrusal.es
Valladolid, 18 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ADELA TAMAYO GOMEZ
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