Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621448
Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es
Concursal
Número: 595/2022
NIG: 1204066120220000642
Auto
Fecha: 14/04/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 días
Interesados y acreedores en el procedimiento concursal CONCURSO ORDINARIO [CNO] número 000595/2022 referente a la deudora CRISTINA CODINA CASTRO, con CIF nº 18990780W
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
Dª. Mª DE LAS MERCEDES CHECA MOYA Letrada de la Administración de Justicia del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLÓN DE LA PLANA, conforme a lo previsto en el artículo 289 y ss TRLC,
HAGO SABER:
PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal CONCURSO ORDINARIO [CNO] número 000595/2022 referente a la deudora CRISTINA CODINA CASTRO, con CIF nº 18990780W se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refieren los artículos 289 y siguientes de la TRLC, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
SEGUNDO.- Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en esta oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
TERCERO.- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores (art. 297 y 298 TRLC), dentro del plazo de DIEZ DIAS a contar de la inserción de tales documentos en el Registro Público Concursal.
Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal (art. 300 TRLC)
CUARTO.- 2.- Conforme los arts. 337 y 338 TRLC, el deudor y los acreedores que cumplan los requisitos establecidos en la Ley podrán presentar propuesta de convenio siempre que no hayan transcurrido QUINCE DÍAS a contar desde la presentación del informe de la administración concursal.
Si transcurrido el plazo previsto en el art. 340 en relación con el 296 bis TRLC no se hubiera presentado propuesta de convenio, se acordará de oficio la apertura de la fase de liquidación si no estuviera abierta. QUINTO.- De conformidad con el art. 296 bis en relación con el 446.1TRLC, acuerdo el CIERRE DE LA FASE COMÚN, ordenándose por medio de la presente la formación de la sección 6ª de calificación.
Conforme el art. 448 TRLC, REQUIERO a la administración concursal para que dentro de los QUINCE DÍAS días siguientes al de la presentación del inventario y de la lista de acreedores provisionales, presente un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Si los acreedores o los que sin ser acreedores se hayan personado en el concurso hubieran formulado alegaciones para la calificación del concurso como culpable, esas alegaciones se unirán como anejo al informe de calificación.
SEXTO.- Dar traslado a la AC para que en el plazo de 10 días naturales emita informe sobre las reglas especiales de liquidación, para el caso en el que proceda su apertura.
Consulta Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/
Castelló de la Plana, 19 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA
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