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Documento BOE-J-2023-160669

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 18 de abril de 2023 en procedimiento concursal número 406/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 97, de 24 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2023-160669

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621448

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 406/2020

NIG: 1204066120200000460

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 06/02/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

A todos los acreeedores e interesados no personados en el concurso de la mercantil Godere Events, SL.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dª. Mª DE LAS MERCEDES CHECA MOYA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLÓN DE LA PLANA.HAGO SABER:PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal CONCURSO ABREVIADO [CNA] número 000406/2020 referente al deudor GODERE EVENTS SL, con CIF nº B12976585 se ha presentado informe de la administración concursal, solicitando la conclusión del concurso y presentando la rendición de cuentas de dicha Administración concursal.SEGUNDO.- Dichos documentos quedan de manifiesto en esta oficina judicial para su examen por los interesados, quienes podrán obtener copias, a su costa.TERCERO.- Dentro del plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde la notificación personal, a quienes estuvieren personados en el procedimiento, o desde la publicación de este edicto en el Tablón de anuncios de este Juzgado, respecto del resto, los interesados podrán formular oposición razonada a la conclusión del concurso (art. 477 TRLC y 474 TRLC) o a la aprobación de las cuentas presentadas por la Administración concursal (art. 479 TRLC).CUARTO.- La eventual oposición se sustanciará por los trámites del incidente concursal.

Castelló de la Plana, 18 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA

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