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Documento BOE-J-2023-160293

MADRID. Edicto de 14 de abril de 2023 en procedimiento civil número 378/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-160293

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 378/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Dña. Beatriz Elena Mejia Castañeda con DNI: 53800719Q

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 378/2022, que se ha presentado en fecha 07/09/2022 y fecha de entrada en este juzgado el día 30/09/2022 por Auto de fecha 30.03.2023 se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento ordinario, a Dña. BEATRIZ ELENA MEJIA CASTAÑEDA, con nº de identificación 53800719-Q, y domicilio en la comunidad de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y ss del TRLC al administrador concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es LÓPEZ COLCHERO & ASOCIADOS S.L.P., con CIF: B06611644, habiendo sido designado como representante persona física D. PEDRO LÓPEZ RAMÍREZ con DNI: 09206931-P con domicilio a efectos de notificación en Calle Río Rosas, nº 36 Esc/Piso/Prta: 3ºcentro C.P.:28020 Madrid; con dirección electrónica pedro@lccadministracionconcursal.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 406 y ss TRLC.

Madrid, 14 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CELSO GONZALEZ VOCES

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