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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Andújar
Dirección: Calle ALTOZANO ARZOBISPO JOSE MANUEL ESTEPA S/N
Localidad: Andújar
Código Postal: 23740
Provincia: Jaén
Teléfono: 953965062
Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Andujar.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 690/2019
NIG: 2300542120190001862
Diligencia
Fecha: 12/04/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: cinco dias
MIGUEL LOPEZ GIRON - NIF/NIE: ***3923**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D/Dª MARIA DOLORES CABRERA GALLARDO
En ANDUJAR, a doce de abril de dos mil veintitrés.
El anterior escrito presentado por el procurador Sr Manuel Lopez Nieto en nombre y representacion de MERCEDES-BENZ FINANCIAL SERVICES ESPAÑA, EFC., S.A., unase a los autos de su razón.
Visto su contenido se tienen por hechas las manifestaciones y toda vez que el pasado dia 22 de Marzo de 2023 no se pudo celebrar la audiencia previa señalada en los presentes autos por haber ejercido el LAJ de este Juzgado su derecho fundamental a la Huelga, se señala nuevamente para el proximo DIA 13 DE JUNIO DE 2023, A LAS 11:45 HORAS.
Se acuerda notificar el nuevo señalamiento a las partes personadas y estando el demandado MIGUEL LOPEZ GIRON en situacion de rebeldia procesal, notifiquesele la presente resolucion asi como las demás que se dicten en el proceso en el Tablon Judicial Edictal Unico, estandose a lo previsto en el artículo 497 de la L.E.C.
Asi mismo estando acordado por resolucion de fecha 21-11-2022, la celebracion de la audiencia previa por el sistema WEBEX, se tienen por reproducidas las manifestaciones contenidas en el escrito de la parte actora y por acordada la celebracion de la audiencia previa por medios telematicos, siempre que técnicamente sea posible, aportandose los datos de contacto del procurador D. MANUEL LOPEZ NIETO asi como del Letrado designado Sr D. JUAN TORO GUILLEN y se acuerda lo siguiente.
El artículo 14.1 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia., establece que hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, constituido el juzgado o tribunal en su sede, los actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas y, en general, todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, siempre que los juzgados, tribunales y fiscalías tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello.
Por tanto, en relación con la vista (o audiencia previa) que estaba acordada en este procedimiento y a la vista de los interesado por la parte, se accede a lo interesado, de manera que su intervención se realizará a través del sistema de videoconferencia WEBEX, en el que se podrán ver y hablar de forma simultánea, aunque, una vez abierto el acto, se desarrollará con las mismas formalidades que si fuera presencialmente en la Sala de Vistas.
CÓMO SE ACCEDERÁ A LA VISTA
1.- Con suficiente antelación al día señalado para la celebración de la vista telemática, se les remitirá la URL de la videoconferencia, mediante los correos electrónicos indicados.
2.- En cuanto a los requisitos, métodos de unión a la reunión y funcionalidades del sistema de videoconferencia para los participantes en el acto procesal telemático se adjunta enlace para acceder a la Guía para participantes que publica la Junta de Andalucía en el Portal Adriano: Personal de la administración de Justicia>Aplicaciones Judiciales>Videoconferencias iReunión-Webex: (https://portaladriano.justicia.junta-andalucia.es/portal/adriano/.content/recursosexternos/GuiaparaParticipantes_v1r03.pdf)
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Andújar, 17 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DOLORES CABRERA GALLARDO
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid