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Documento BOE-J-2023-158473

MADRID. Edicto de 13 de abril de 2023 en procedimiento civil número 429/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 95, de 21 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-158473

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 429/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 dias

DESTINATARIOS

COSTA CHONG, FRANCISCO JORGE - Nº ***0658**

DONAYRE ZEGARRA, KAREN LISSET - Nº ***8608**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 429/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0398150, por auto de fecha 22/12/2022, se ha declarado en concurso voluntario, a Dña. Karen Lisset Donayre Zegarra con NIF: 51786087T y D. Francisco Jorge Costa Chong con NIF 77406582J, y domiciliados en C/ de Isabelita Usera, nº 72 3 IZ Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Jose Manuel Gozalbes Llorca, con domicilio postal en Madrid, C/ Manuel Tobar nº 33 Bajo, teléfono 667 684 281, fax 962280 359 y dirección electrónica jmllorca@economistas.org , ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 13 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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