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Documento BOE-J-2023-157969

GUADALAJARA. Edicto de 17 de abril de 2023 en procedimiento concursal número 653/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 95, de 21 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GUADALAJARA
Referencia:
BOE-J-2023-157969

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Guadalajara

Dirección: Avenida Del Mirador del Balconcillo 19 Palacio de Justicia

Localidad: Guadalajara

Código Postal: 19002

Provincia: Guadalajara

Teléfono: 949392811

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 653/2022

NIG: 1913042120220012212

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 29/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores y afectados por el concurso de persona física número 653/2022 de D. JAVIER GÓMEZ MUELA con DNI: 03137716X

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. Cristina Ruiz Iglesias, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de 1ª Instancia nº 4 y Mercantil de Guadalajara, por el presente, hago saber:

1º.- Que en fecha 23 de diciembre de 2022 se presentó solicitud de concurso que fue repartida en fecha 23 de diciembre de 2022 a este órgano judicial registrado como CNA 653/2022 con N.I.G. 1913042120220012212.

Se ha dictado en fecha 29 de marzo de 2023, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor D. JAVIER GÓMEZ MUELA con DNI: 03137716X con domicilio en C/ artistas, n 49, 19002, Guadalajara.

2º.- Que de la documentación acompañada a la solicitud resulta que el pasivo es de 40.667,45 €.

3º.- En el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de este edicto, el acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, pueden solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado conforme al art. 37 ter.

Transcurrido dicho plazo sin solicitud de nombramiento de AC, caso de ser el deudor persona jurídica se procederá a la conclusión del concurso, y caso de ser el deudor persona natural, podrá presentar solicitud de exoneración de pasivo insatisfecho dentro de los 10 días siguientes conforme al artículo 501 del TRLC.

4º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es/

Guadalajara, 17 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA RUIZ IGLESIAS

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