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Documento BOE-J-2023-149026

MÁLAGA. Edicto de 12 de abril de 2023 en procedimiento concursal número 29/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 92, de 18 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2023-149026

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 29/2022

NIG: 2906742120210049053

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/02/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga

anuncia

Que en el procedimiento nº 29/22 de la concursada BLUE MALAGA S.L con CIF B93644581, por auto de fecha 13/02/2023 se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, quedando en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III del libro I del TRLC. Asimismo se declara disuelta la citada mercantil y el cese de los administradores o liquidadores de la sociedad, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos con la representación de la sociedad en el concurso y en los incidentes de los que sean partes. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y se deberán convertir a dinero los que consistan en otras prestaciones.

El mismo auto aprueba las reglas especiales establecidas por la autoridad judicial para la liquidación de los bienes y derechos de la concursada

La mencionada resolución ordena asimismo la apertura de la sección sexta (art. 446 TRLC), y dada la transitoriedad de este concurso no consta dado el trámite a que hace referencia el art. 447 TRLC para que cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso remita por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos, por ello procede conceder término de DIEZ DÍAS a los acreedores o a los que consten personados por cualquier interés legítimo para que evacúen dicho traslado directamente al AC en su dirección de correo“notificaciones@g26.es”. Transcurrido dicho plazo tendrá el AC otro sucesivo de QUINCE DÍAS para aportar conforme al art. 448 TRLC informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Si los acreedores o los que sin ser acreedores se hayan personado en el concurso hubieran formulado alegaciones para la calificación del concurso como culpable, esas alegaciones se unirán como anejo al informe de calificación.

Contra la referida resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días dese su notificación conforme establece el art. 415.3 del TRLC.

Para más información consultar el Registro Público Concursal “https:www\\publicidadconcursal.es”

Málaga, 12 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVINIA JIMENEZ CHAMIZO

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