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Documento BOE-J-2023-148970

GRANADA. Edicto de 12 de abril de 2023 en procedimiento concursal número 573/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 92, de 18 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-148970

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 573/2022

NIG: 1808742120220024919

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/03/2020

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

A los acreedores ignorados de la concursada Dña. Beatriz Roelas Sánchez

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

El JUZGADO DE LO MERCANTIL nº 2 de GRANADA en cumplimiento de lo dispuesto en el art 552 del T.R.L.C.

A N U N C I A

Que en los autos de CONCURSO ABREVIADO número 573/22 con NIG 1808742120220024919, que se tramitan respecto del deudor D.BEATRIZ ROELAS SÁNCHEZ , con NIF nº 75152869R , se ha dictado en fecha 13/,03/2023 Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

ACUERDO LA CONCLUSIÓN del concurso voluntario de acreedores de Dª BEATRIZ ROELAS SANCHEZ, DNI 75152869R.

De conformidad a ello:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Civil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Acuerdo la concesión a favor de Dª BEATRIZ ROELAS SANCHEZ de la exoneración del pasivo insatisfecho en el presente procedimiento concursal, con la extensión prevista en el art. 489.1 TRLC y los efectos establecidos en los arts. 490 a 492 ter TRLC.

Esta concesión podrá ser, en su caso, revocada de conformidad con lo previsto en los arts. 493 a 493 ter TRLC.

Contra esta resolución, que no es firme, cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de 5 días desde su notificación y ante este Juzgado.

GRANADA a treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés.

Granada, 12 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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