Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31071
Provincia: Navarra
Teléfono: 848424246
Concursal
Número: 254/2021
NIG: 3120142120190002869
Auto
Fecha: 13/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de Dilsia Piedad Narro Miranda
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Edicto
El Juzgado de Primera Instancia Cuatro de Pamplona/Iruña[e1]
Anuncia
Que en el procedimiento Concursal número 254/2021[e2] referente al concursado Dª Dilsia Piedad Narro Miranda[e3] con NIF[N4] 73123871V[N5] , con domicilio en Calle Santos A. Ochandátegui, 11 1º H[N6] de Pamplona[N7] por Auto de fecha [e8] 13 de diciembre de 2022 se ha acordado la conclusión del concurso consecutivo voluntario y se le ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho, cuya parte dispositiva dice así:
“Parte Dispositiva
Acuerdo:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por insuficiencia de la masa activa.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora.
3.- Disponer el cese de la Administradora concursal en el ejercicio de su cargo.
4.- Conceder a Dª. DILSIA PIEDAD NARRO MIRANDA el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, alcanzando el mismo a la totalidad de los créditos insatisfechos, exceptuando los créditos de derecho público y por alimentos, en concreto la totalidad del crédito pendiente ostentado por la TGSS, el Ayuntamiento de Pamplona y el Ayuntamiento de Berriozar.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente Auto cabe interponer recurso de apelación al no limitarse únicamente a la conclusión del concurso (ex art. 481 TRLC), incluyendo también el pronunciamiento respecto a la exoneración del pasivo insatisfecho.
Dado que conforme al art. 482 TRLC la resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado», hágase entrega de edictos para su publicación en el RPC y en el BOE al administrador concursal para que intervenga en su diligenciado.
Exhórtese al Registro Civil al que se comunicó el concurso para que extienda nota marginal de conclusión del concurso en el asiento de inscripción de nacimiento, sección primera, del concursado, Dª. DILSIA PIEDAD NARRO MIRANDA, así como del cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor y la exoneración del pasivo insatisfecho, salvo créditos de derecho público pendientes.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firmo.
La Juez”
En Pamplona, a 13 de diciembre del 2022[e9]
La Letrado de la Administración de Justicia
[e1]Localidad
[e2]Nº procedimiento
[e3]Nombre y apellidos
[N4]Tipo identificación
[N5]Identificación
[N6]Domicilio
[N7]Localidad
[e8]Texto aviso
[e9]Fecha
Pamplona/Iruña, 30 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, RODRIGO LACUEVA BERTOLACCI
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid