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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Posadas
Dirección: Calle PINTOR PABLO PICASO S/N
Localidad: Posadas
Código Postal: 14730
Provincia: Córdoba
Teléfono: 957115068
Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Posadas.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 613/2019
NIG: 1405342020170001087
Auto
Fecha: 04/02/2020
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
J.C.B. - NIF/NIE: ***0398**
L.M.T. - NIF/NIE: ***4955**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T OCEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Auto de fecha cuatro de febrero de dos mil veinte. PRIMERO.- Por el Procurador Sr./Sra.D F N en nombre y representación de C D P "E. P"se ha presentado escrito solicitando despacho de ejecución frente a R.C.B. y E.M.T. con fundamento en la siguiente resolución judicial:CLASE Y FECHA DE LA RESOLUCION DECRETO DE FECHA 4 DE JULIO DE 2018 JUICIO EN EL QUE HA SIDO DICTADA JUICIO MONITORIO 337/17 EJECUTANTE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS " EL PARAMO " EJECUTADO R.C.B. y E.M.T.CANTIDAD OBJETO DE LA CONDENA 1.009,16 € de principal, mas 302,74 € presupuestados para intereses y costas. PARTE DISPOSITIVA. 1.- SE DESPACHA a instancias de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS "EL PARAMO" parte ejecutante, ejecución frente a R.C.B. y E.M.T. parte ejecutada, por las siguientes cantidades 1.009,16 € de principal, mas 302,74 € presupuestados para intereses y costas.Decreto de fecha cuatro de febrero de dos mil veinte. SE DECLARAN EMBARGADOS como propiedad del ejecutado R.C.B. y E.M.T. los bienes siguientes: -Retener los saldos a favor del ejecutado de las entidades bancarias adheridas a la plataforma de CGPJ, y ello en cuanto fuere suficiente a cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber: 1.009,16 € de principal, mas 302,74 € para intereses y costas.Y para garantizar el embargo trabado, se practica por vía telematica conforme al contenido de la circular 2/11 de la Secretaria General de la administracion de Justicia.- Retener las devoluciones pendientes de percibir por el ejecutado por cualquier concepto de la agencia tributaria y ello en cuanto fuere suficiente a cubrir la suma de las cantidades reclamadas. Y para garantizar el embargo trabado, se practica por via telematica conforme al contenido de la circular 2/11 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucia.
Y como consecuencia del ignorado paradero de J.C.B., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
POSADAS a tres de abril de dos mil veintitrés.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Posadas, 5 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL PAREJA PAREJA
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