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Documento BOE-J-2023-131315

MADRID. Edicto de 30 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 598/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-131315

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 598/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 dias

DESTINATARIOS

Concurso de la persona física D.Juan Antonio rodriguez Gordillo y Dña.Milagros del Valle Mateos Aparicio

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el Concurso ordinario 598/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0469826, por auto de fecha 18.1.2023, se ha declarado en concurso voluntario a D.Juan Antonio Rodríguez Gordillo con DNI 50170611K y Dña.Milagros del Valle Mateos Aparicio con DNI 004173771L , con domicilio en Calle de Buenos Aires, 27, Bajo nº 4, 28850 de Torrejón de Ardoz, Madrid. 2.-De la solicitud se aprecia que el deudor cuenta con un pasivo de 142.682,95 euros y que carece de masa activa. 3.-Remítase esta resolución, de forma telemática, al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y publíquese en el Registro Público Concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos (art. 37 ter): En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (art. 37 ter 2 TRLC). La solicitud deberá presentarse dentro de los diez días siguientes a contar bien desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho, bien desde la emisión del informe por el administrador concursa' nombrado si no apreciare indicios suficientes para la continuación del procedimiento. 4.-Notifíquese esta resolución al deudor, a las partes comparecidas, a la AEAT, a la TGSS y a la representación legal de las personas trabajadoras si el concursado fuera empleador.

Madrid, 30 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME

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