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Documento BOE-J-2023-131311

MADRID. Edicto de 30 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 578/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-131311

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 578/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 06/02/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 1 año para reapertura

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de Ingetersa 12 SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dª Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº14 de Madrid, hace saber: Que en el procedimiento Concurso ordinario 433/2022 por auto de fecha 06/02/2023 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: “PARTE DISPOSITIVA ACUERDO LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO del deudor INGETERSA 12 S.L. POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura. Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y el cierre provisional de la hoja registral que tenga abierta en el Registro Público en el que figure inscrita. Firme la presente resolución, expídase por el letrado/a de la administración de justicia atento mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución y con expresión de su firmeza, el cual remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente. Transcurrido un año a partir de esta resolución sin que se haya ordenado la reapertura del concurso, procédase por el registrador a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja (art. 483 y 485 TRLC).

Madrid, 30 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA

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