Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-126477

GRANADA. Edicto de 30 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 344/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 80, de 4 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-126477

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 13 de Granada

Dirección: Plaza NUEVA 8

Localidad: Granada

Código Postal: 18009

Provincia: Granada

Teléfono: 958058964

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.13.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 344/2023

NIG: 1808742120210021184

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 30/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 dias

DESTINATARIOS

FRANCISCO JAVIER GARCIA PRIETO - NIF/NIE: ***6984**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En virtud de lo acordado en los presentes autos de Ejecución de Títulos Judiciales nº 344/2023, seguidos a instancia de MEDIUS COLLECTION S.L, frente a D. FRANCISCO JAVIER GARCIA PRIETO, se notifica al indicado ejecutado el decreto dictado en fecha 30 de Marzo de 2023, que acuerda, al amparo del artículo 612 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la mejora de embargo respecto a las cuentas a la vista (ECCV), llevándose a cabo anotación telemática del embargo; asimismo se decreta el embargo sobre las devoluciones por I.R.P.F., IVA u otro impuesto que pudiera tener pendientes de percibir de la Agencia Tributaria, procediéndose a su anotación, vía telemática. Igualmente se decreta el embargo sobre la parte proporcional que legalmente corresponda del sueldo y demás emolumentos que perciba el ejecutado D. FRANCISCO JAVIER GARCIA PRIETO de la empresa ISABEL ALONSO ALONSO S.L.. Contra el indicado decreto cabe interponer recurso directo de revisión que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido, (art. 454 bis LEC). Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

Granada, 30 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA DE HARO-ROSSI MATAS

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid