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Documento BOE-J-2023-122435

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 29 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 1439/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 79, de 3 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-122435

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante

Dirección: Avenida AGUILERA 53

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965936084

Correo electrónico: alpi01_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1439/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 01/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Emplazamiento

DESTINATARIOS

DIMITRY RIBAKOV - NIF/NIE: ****4652*

IRINA RIBAKOVA - NIF/NIE: ****4619*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Admitir a trámite la demanda presentada por el Procurador de los tribunales, Sr. OLCINA FERNANDEZ, JUAN CARLOS, a instancia de C P RESIDENCIAL HOYO 2, frente a DIMITRY RIBAKOV , IRINA RIBAKOVA y BANCO SABADELL SA, que se sustanciará por las reglas previstas para los juicios verbales.

2.- Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la conteste en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES.

3.- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículos 438.1 párrafo primero in fine y 496.1 de la L.E.C.).

4.- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio deberá de realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado, a menos que el presente juicio sea de reclamación de cantidad y ésta no exceda de 2.000 euros.

5.- Advertir al demandado, que en su escrito de contestación, deberá pronunciarse, necesariamente, sobre la pertinencia de la celebración de la vista. Igualmente, advertir al demandante que deberá pronunciarse sobre ello, en el plazo de tres días desde el traslado del escrito de contestación (artículo 438.4 párrafo primero de la L.E.C.).

- Hágase saber a la parte demandada:

1.- Que la comparecencia en juicio deberá verificarse por medio de procurador legalmente habilitado para actuar en este tribunal y con asistencia de abogado (artículo 23 y 31 de la L.E.C.).

2.- Si pretendiera solicitar el reconocimiento de asistencia jurídica gratuita o interesar la designación de abogado y procurador de oficio deberá efectuarlo dentro de los TRES DÍAS siguientes al de la notificación de la demanda. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la tramitación del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.

- Asimismo, indicar a la parte demandada que debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la L.E.C.).

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde la notificación de esta resolución, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que lo dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Alicante/Alacant, 29 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ

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