Juzgado de lo Social Nº 2 de Córdoba
Dirección: Calle ISLA MALLORCA S/N
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Social
Número: 238/2022
Sentencia
Fecha: 03/03/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
VISHAB GOLD, S.L. - NIF/NIE: B14991830
SERMEPRE 2021 S.L. - NIF/NIE: B14959670
VISHAB REFINERIA DE METALES PRECIOSOS DE ESPAÑA, S.L. - NIF/NIE: B14959670
VISHAB SILVER, S.L. - NIF/NIE: B56107758
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
FALLO
Que, estimando parcialmente la demanda de MONICA VELASCO LUQUE contra VISHAB GOLD, S.L., SERMEPRE 2021, S.L., VISHAB REFINERIA DE METALES PRECIOSOS DE ESPAÑA, S.L. y VISHAB SILVER S.L. y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL. 1º.- DECLARO improcedente el despido de fecha de efectos 1-2-2022. Y, teniendo por anticipada la opción, declaro extinguida la relación laboral en la fecha de efectos del despido. 2º.- CONDENO la empresa VISHAB GOLD S.L. al pago de 25.436,57 € [13216,84 €, en concepto de indemnización, más 12.219,73 € que incluye el interés por demora, por la reclamación de cantidad] 3º.- Absuelvo a las demás condemandadas de la pretensión deducida en su contra. 4º.- Condeno al FONDO DE GARANTIA SALARIAL a estar y pasar por esta sentencia, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria. Contra esta sentencia cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, entro de los cinco días siguientes a dicha notificación, anunciándose el recurso ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, siendo indispensable, si el recurrente es el empresario, que exhiba al tiempo de anunciarlo, el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander la cantidad objeto de condena en la cuenta 1445.0000.65-0238-22 y el depósito de 300 € en la misma cuenta y sucursal.
Córdoba, 29 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA MERINO MERIDA
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