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Documento BOE-J-2023-119861

GRANADA. Edicto de 28 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 1301/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-119861

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Granada

Dirección: Plaza NUEVA 8

Localidad: Granada

Código Postal: 18009

Provincia: Granada

Teléfono: 958058968

Correo electrónico: jinstancia.7.granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1301/2020

NIG: 1808742120200021651

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 12/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

DENTIX - Nº ****3381*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1301/2020 seguido a instancia de FRANCISCA CASTRO PUGA frente a DENTIX, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

S E N T E N C I A Nº 295/2022

En Granada a 12 de diciembre de 2022.

D. Vicente Pedro Miñán García, Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Granada, ha visto los autos de JUICIO ORDINARIO sobre reclamación de cantidad seguido con el nº 1301/20 a instancia de Dª. FRANCISCA CASTRO PUGA representada por el Procurador Sr. Montenegro Rubio contra la mercantil DENTIX SL, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que debo ESTIMAR Y ESTIMO la demanda formulada por Dª. FRANCISCA CASTRO PUGA representada por el Procurador Sr. Montenegro Rubio contra la mercantil DENTIX SL, en situación procesal de rebeldía y, en consecuencia:

Debo CONDENAR a la demandada a pagar a la actora la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (6.251,80 €) más intereses legales.

En cuanto a costas se imponen a la demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de GRANADA (artículo 455 L.E.C.). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 L.E.C.).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander nº , indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código ‘02’, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Granada, 28 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE MANRUBIA ABELLAN

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