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Documento BOE-J-2023-118266

JAÉN. Edicto de 27 de marzo de 2023 en procedimiento concursal número 47/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2023-118266

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Jaén

Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16

Localidad: Jaén

Código Postal: 23007

Provincia: Jaén

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 47/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 30 días para comunicar créditos

DESTINATARIOS

Acreedores de los concursados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC),

Anuncia

1º.- Que con fecha 19/01/2023, se presentó solicitud de concurso de acreedores que fue repartido a este juzgado el día 20/01/202 y registrado con el número 47/2023, siendo su NIG 2305042120230000582.

2º.- Que por auto de fecha 13/03/2023 se ha declarado en concurso de acreedores voluntario a FRANCISCA GUTIERREZ CASTILLA y MATIAS MORA CAÑIZARES , con D.N.I. números 25985581C y 52540873H, respectívamente, con domicilio enen calle Baños nº 5 de Villanueva de la Reina (Jaén) y cuyo centro de intereses principales lo tiene en la referida ciudad.

3º.- El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, pero el ejercicio de estas facultades estará sometido a la intervención de la administración concursal, que podrá autorizar o denegar la autorización según tenga por conveniente.

4.º- Que los acreedores de los concursados deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los art. 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido:

GRANADACONCURSAL S.L.P.

DOMICILIO: Gran Vía de Colón nº 10-5º B. 18010 Granada

CORREO ELECTRÓNICO: info@granadaconcursal.es

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Dentro del plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.

6.º- Los acreedores y los demás legitimados para solicitar la declaración de concurso actuarán representados por procurador y asistidos por letrado para comparecer en el procedimiento, así como para presentar solicitudes o demandas, actuar en los incidentes que se incoen o interponer recursos.

Los acreedores podrán solicitar de la administración concursal en cualquier momento el examen de aquellos documentos o de aquellos informes que consten en autos sobre los créditos que hubieran comunicad.

Cualesquiera otras personas que tengan interés legítimo en el concurso podrán comparecer siempre que lo hagan representados por procurador y asistidos de letrado.

7º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaén, 27 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA

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