Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Concursal
Número: 75/2023
NIG: 1808742120230001972
Auto
Fecha: 16/03/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Ignorados Acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
E D I C T O
El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal,
A N U N C I A
1º.- Que en el procedimiento número 75/2023, con NIG 1808742120230001972 presentado en fecha 23/01/2023, y repartido a este órgano judicial el día 3/02/2023 y por auto de fecha 14/03/2023 y por auto de se ha declarado en concurso al deudor AMANDA MANZANO PEINADO, con domicilio en C/ Zahareña, nº 36, C.P. 18.009, Granada y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio.
2.- Que el deudor no ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
3º- Que los acreedores de la concursada deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 255 y 256 del texto refundido de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. LUIS EMILIO ROMERO GARCÍA, con domicilio en AVDA. DE LA CONSTITUCIÓN Nº 20, BAJO 1 y 2, C.P. 18012, e-mail despachoromerogarcia@yahoo.es y nº de Tlf: 958204939.
El plazo para esta comunicación es el de UN MES contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el arts. 35 y 552 del T.R.L.C.
4º.- Durante el plazo para la comunicación de créditos, los acreedores y demás personados, podrán remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.
5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del T.R.L.C).
6ª. Que el Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso www.publicidadconcursal.es
Granada, 27 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid