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Documento BOE-J-2023-112484

GRANADA. Edicto de 23 de marzo de 2023 en procedimiento concursal número 144/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-112484

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 1

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958983056

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.5.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 144/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso consecutivo de Miguel Angel Hernandez Gonzalez

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo la conclusión del presente concurso consecutivo del deudor D. Miguel Angel Hernandez Gonzalez. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.

De conformidad a ello:

Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

Hágase público,igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado, con los requisitos establecidos en el artículo 28 de la Ley Concursal. Esta publicación tendrá carácter gratuito dada la insuficiencia de bienes del concursado y de la masa activa.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 36 de la Ley Concursal, líbrese mandamiento al Registro Civil, para el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, así como del cese de los administradores concursales.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 8 RD 892/13 remítase a través de la aplicación electrónica al Registro Público Concursal para su inscripción en el mismo. No obstante, cuando no sea posible el traslado de las resoluciones a través de la aplicación electrónica, las mimas serán entregadas al procurador del solicitante del concurso que de inmediato los remitirá al Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto Mandamiento al Registro de la Propiedad Armilla en relación con la Finca Registral número 6246, inscrita al Tomo 1611, Libro 153, Folio 188, de propiedad del concursado en un 50% y sita en la C/ Alpujarra, 3 1º B de Armilla y al Registro de la Propiedad de Bienes Muebles en relación con Motocicleta Honda con matrícula 9227- DGT, y y con número de bastidor ZDCPC39C04F010198. Mandamientos que se entregarán al Procurador Leovigildo Rubio Sanchez para que cuide de su diligenciado.

Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primero párrafo del art. 552; haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo de la L.E.C.).

Lo acuerda y firma el/la MAGISTRADO-JUEZ , doy fe.

Granada, 23 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA PAZ TRAVE PACETTI

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