Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-110636

LLEIDA. Edicto de 21 de marzo de 2023 en procedimiento concursal número 5/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 73, de 27 de marzo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LLEIDA
Referencia:
BOE-J-2023-110636

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Lleida

Dirección: Calle CANYERET 1

Localidad: Lleida

Código Postal: 25007

Provincia: Lleida

Teléfono: 973700126

Correo electrónico: instancia6-mercantil.lleida@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 5/2023

NIG: 2512047120238000053

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

A los acreedores e interesados en el concurso sin masa de Francisco Hector Bessone Schnidrig, Carmen Ofelia Luna Ambrosich

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se ha dictado una resolución cuya parte dispositiva es del literal siguiente:

Declaro concluso el concurso núm. 5/23; correspondiente a FRANCISCO HECTOR BESSONE SCHNIDRIG y CARMEN OFELIA LUNA AMBROSICH y el archivo de las actuaciones.

Concedo a FRANCISCO HECTOR BESSONE SCHNIDRIG y CARMEN OFELIA LUNA AMBROSICH la exoneración del pasivo insatisfecho, sin plan de pagos, con la extensión y efectos que recoge el art. 489 a 492 ter, de la LCON.

Los acreedores por créditos no exonerables mantendrán sus acciones contra el deudor y podrán promover la ejecución judicial o extrajudicial de aquellos.

Esta resolución será notificada y publicada conforme al art. 482 LC, en la misma forma que se acordó para la declaración de concurso.

Y será inscrita en los registros en que se inscribió dicha declaración

Si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de la parte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss LC.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art. 481 LC.

Lleida, 21 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO JOSE CASAS CAPDEVILA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid