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Documento BOE-J-2023-10799

CEUTA. Edicto de 12 de enero de 2023 en procedimiento concursal número 466/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CEUTA
Referencia:
BOE-J-2023-10799

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Ceuta

Dirección: Calle MANUEL LERIA Y ORTIZ DE SARACHO S/N

Localidad: Ceuta

Código Postal: 51001

Provincia: Ceuta

Teléfono: 856200430

Correo electrónico: mixto5.ceuta@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 466/2022

NIG: 5100141120220004134

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concruso de persona física de Don Omar Hajjaj Chairi

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- DECLARO en situación de Concurso Consecutivo Voluntario de Acreedoresa DON OMAR HAJJAJ CHAIRI que se tramitará por los cauces propios delconcurso abreviado, ordenándose asimismo su CONCLUSIÓN por falta deactivo del artículo 37 bis con las siguientes peculiaridades:2.- El deudor tiene un pasivo de 41.000 euros debiéndose remitir de formatelemática al BOE para su publicación y la publicación en el Registro públicoconcursal con llamamiento a los acreedores que representen, al menos, el cinco porciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar desde el siguientea la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administradorconcursal para que presente informe razonado sobre los extremos del artículo 37 terde la nueva ley. En el caso de que transcurrido el plazo ningún legitimado hubieraformulado esa solicitud el deudor podrá presentar la solicitud del BEPI en el plazo dediez días a tenor del artículo 501 de la nueva ley.Se advierte al acreedor que solicite el nombramiento de administrador concursal quecorrerá con el pago de su retribución según artículo 37.1 quater último párrafo.

Ceuta, 12 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELSA ALMAGRO MIRAS

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