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Documento BOE-J-2023-10658

MADRID. Edicto de 9 de enero de 2023 en procedimiento civil número 1291/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-10658

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1291/2020

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: No hay plazo para recurrir al ser firme

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de Imagine Global Professional & Life Solutions SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. IRENE ORTIZ PLAZA Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid. En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto de fecha 22/12/2019 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de IMAGINE GLOBAL PROFESSIONAL & LIFE SOLUTIONS, S.L, con CIF B87114641 y con domicilio C/ Cormorán nº12, puerta C, Madrid. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno, ha acordado: 1.- Se declara concluso el procedimiento concursal de IMAGINE GLOBAL PROFESSIONAL & LIFE SOLUTIONS, S.L por finalización de la fase de liquidación y se acuerda el archivo de las actuaciones. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes 3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Madrid a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. 4.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. 5.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales y administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. 6.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal

Madrid, 9 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA

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