Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Palma
Dirección: Calle BALLESTER 20
Localidad: Palma
Código Postal: 07002
Provincia: Illes Balears
Teléfono: 971219390
Correo electrónico: mercantil3.palmademallorca@justicia.es
Civil
Número: 130/2022
NIG: 0704047120220000393
Sentencia
Fecha: 22/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
JAUME GIRART BAUZA - NIF/NIE: ***7740**
E-IGOP, S.L. - NIF/NIE: ****8515*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
E D I C T O Dª. SONIA MONTES RUIZ, Letrada de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 3 de PALMA DE MALLORCA, por el presente, A N U N C I O: En el presente procedimiento JUICIO VERBAL 130/2022 seguido a instancia de D. JOSEP GIMENO SASTRE frente a la entidad mercantil E-IGOP, S.L. y D. JAUME GIRART BAUZA se ha dictado sentencia estimatoria de la demanda.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, el cual se interpondrá por medio de escrito presentado ante este Juzgado dentro del plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente al de su notificación en la forma establecida en el artículo 458 de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Asimismo, adviértase a las partes que el recurso no se admitirá a trámite si no acreditan, al interponerlo, haber constituido, mediante su consignación en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, un depósito por importe de 50 euros, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ introducida por la LeyOrgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, así como el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden jurisdiccional civil establecida por la Ley10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de laAdministración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (BOEnúm. 280, de 21 de noviembre de 2012), modificada por el Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administraciónde Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita (BOE núm. 47, de 23 de febrero de2013), modificada nuevamente por el artículo 11 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 defebrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otrasmedidas de orden social (BOE núm. 51, de 28 de febrero de 2015).
Y encontrándose dicho demandado, la entidad mercantil E-IGOP, S.L. y D. JAUME GIRART BAUZA , en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Palma, 15 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SONIA MONTES RUIZ
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