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Documento BOE-J-2022-570830

SUECA. Edicto de 26 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 169/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-570830

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Sueca

Dirección: Plaza DEL CONVENT S/N

Localidad: Sueca

Código Postal: 46410

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961700907

Correo electrónico: sumi05_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 169/2021

NIG: 4623541120210000391

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 23/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

DESTINATARIOS

MEDITERRANEAN LANSCAPE SOLUTIONS, SL - Nº ****0096*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

TRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZARJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE SUECA.

ASUNTO EN QUE SE ACUERDAPROCEDIMIENTO VERBAL 000169/2021

PERSONA A LA QUE SE EMPLAZAMEDITERRANEAN LANSCAPE SOLUTIONS SL en concepto de parte demandada.Domicilio en: Plaza DEL PAIS VALENCIA,4 Tavernes de la Valldigna (VALENCIA)

OBJETO DEL EMPLAZAMIENTOComparecer en el juicio indicado para contestar a la demanda.

TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECEREn la sede de este tribunal.

PLAZO PARA COMPARECERDIEZ días hábiles a contar desde el siguiente al de este emplazamiento, conforme a lo dispuesto para el juicio ordinario.

PREVENCIONES LEGALES

1. Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía, no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la que ponga fin al procedimiento (artículos 496 y 440 de la L.E.C. )

2. Podrá comparecer con Procurador de los tribunales que lo represente y Letrado que le defienda (artículos 23 y 31 de la L.E.C.).Poniendo en conocimiento de la parte que la parte actora asiste con letrado y procurador.

3. Puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita o interesar la designación de abogado y procurador de oficiodentro de los TRES DÍAS siguientes al de la notificación de la demanda. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.

4. Deberá comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilioque se produzca durante la sustanciación del proceso (artículo 155.5 de la L.E.C.).

5. En la cédula se hará constar el nombre del procurador encargado de cumplimentarlo, en su caso.( artículo 152.4 de L.E.C).

6. Podrá facilitar al Juzgado su dirección de correo electrónico,aceptando que las notificaciones se hagan por esta vía. Las comunicaciones con el Juzgado, si opta por esta vía, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico siguiente: “ sumi05_val@gva.es”.

En SUECA, a veintidós de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO DE LA A. DE JUSTICIA

Sueca, 26 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MICHELLE SOLANES KLASCHKA

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