Juzgado de lo Social Nº 15 de Valencia
Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961929108
Correo electrónico: vaso15_val@gva.es
Social
Número: 214/2022
NIG: 4625044420220003412
Sentencia
Fecha: 29/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
PRECOCINADOS MARTI SL - Nº ****2986*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EVA MARIA DIAZ MARCO, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 15 de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000214/2022/MJ a instancias de FRANCISCO JOSE SUAREZ GARCIA contra MARIA PIEDAD MUÑOZ ALFONSO, PRECOCINADOS MARTI SL y FONDO DE GARANTIA SALARIAL en la que el día 29 de noviembre de 2022 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
FALLO:
Con estimación de la demanda por despido presentada por D. FRANCISCO JOSÉ SUÁREZ GARCÍA contra la empresa PRECOCINADOS MARTÍ S.L. y la Administración concursal Dª. MARÍA PIEDAD MUÑOZ ALFONSO, debo declarar y declaro la improcedencia del despido enjuiciado de fecha de efectos 17 de enero de 2022 y habiendo optado la parte demandante por la extinción contractual al no ser posible la readmisión del trabajador por hallarse la empresa cerrada y sin actividad, debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral del actor con la empresa demandada, condenando a la empresa a abonar al trabajador demandante la cantidad de 3.101,42 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 3.717,53 euros en concepto de salarios de tramitación, condenando a la Administración concursal a estar y pasar por la presente resolución.
Todo ello con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en la parte que legalmente le corresponda, para el caso de insolvencia de la empresa.
Se tiene al actor por desistido de la demanda sobre reclamación de cantidad.
Una vez firme la sentencia, líbrese oficio al Servicio Público de Empleo Estatal a efectos de regularizar prestaciones de desempleo con el reconocimiento de salarios de tramitación.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte, su Abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito ante este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación a PRECOCINADOS MARTI SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Tablón edictal único del BOE, expido el presente en Valencia, a veintidós de diciembre de dos mil veintidós.
València, 23 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, EVA MARIA DIAZ MARCO
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