Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Almería
Dirección: Calle REINA REGENTE 4
Localidad: Almería
Código Postal: 04001
Provincia: Almería
Teléfono: 950037274
Correo electrónico: AtPublico.Audiencia.S3.Penal.Almeria.JUS@juntadeandalucia.es
Penal
Número: 58/2022
NIG: 0401343220210006649
Diligencia
Fecha: 16/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Citación. Plazo: 16/01/2022
TP 43/21/UCRIF/III/MU, TP 44/21/UCRIF/III/MU, TP 45/21/UCRIF/III/MU, TP 46/21/UCRIF/III/MU Y TP 47
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Edicto
Sección Nº3 de la Audiencia Provincial de Almería ha resuelto en Rollo de Sala número 58/22, procedente del Juzgado de Instrucción número 5 de Almería, Procedimiento Abreviado 109/211, por un supuesto delito de contra los derechos de los ciudadanos extranjeros; que se cite por Edictos en calidad de testigos a:
TP 43/21/UCRIF/III/MU, TP 44/21/UCRIF/III/MU, TP 45/21/UCRIF/III/MU,TP 46/21/UCRIF/III/MU y TP 47/21/UCRIF/III/MU, no localizados, fin de que comparezcan ante la Sala de Audiencias de este Tribunal, sita en Avda Reina Regente nº 4 de Almería , el próximo 16 de enero de 2023 a las 10:00 horas al objeto de asistir a la celebración del juicio oral, bajo apercibimientos respecto a testigos y peritos.
Apercibimientos:
-Causa con preso: Primera y sucesivas citaciones.-Apercibiéndole que en causas con preso, si advertido, no compareciere sin justa causa, al primer y sucesivos llamamientos, provocando la suspensión del juicio oral, podría incurrir en delito de obstrucción a la justicia, castigado con la pena de 3 a 6 meses de prisión o multa de 6 a 24 meses.
oral , podría incurrir en delito de obstrucción a la justicia, penado con multa de 6 a 10 meses.
En los casos contemplados en este apartado, se incardina la incomparecencia injustificada, en causa con preso, si advertido dejare de comparecer por 1ª o sucesivas veces, aun cuando no provocare la suspensión del juicio oral.
-Todo ello sin perjuicio de ser conducido por la fuerza pública a disposición del Tribunal, si persistiere en su actitud en cualquiera de los casos indicados.
(Arts. 463.1º, C.P. de 1995 y 420 de la L.E.Cr.
Y para que conste y sirva a efectos de su inserción en el Boletín Oficial expido y firmo el presente en ALMERÍA, a dieciséis de diciembre de dos mil veintidós
Almería, 27 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ERNESTO VILA MONTES
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