Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Castellón
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621747
Correo electrónico: cspi08_cas@gva.es
Civil
Número: 535/2022
NIG: 1204042120220004221
Sentencia
Fecha: 22/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 20dias
Ignorados ocupantes de la Avenida Valencia 62 Castellón
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
SENTENCIA nº 280/22
En Castellón a 22 de diciembre de 2022Vistos por mí, INMACULADA DOMÍNGUEZ OLIVEROS, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº8 de Castellón, los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio por precario nº 535/2021, seguidos ante este Juzgado a instancia de MAJORO REO II SPAIN SL representada por la Procuradora de los Tribunales, Sra. Medina Cuadros y asistida de la Letrada Sra. Gil Puerto contra Ignorados ocupantes de la finca sita en CASTELLÓN, AVENIDA VALENCIA, Nº62, en rebeldía procesal.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.-Por la Procuradora de la parte actora se presentó demanda que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, y en la que tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que, en aras a la brevedad se dan por reproducidos, terminaba suplicando el dictado de sentencia por la que “se ordene el desahucio y se condene a la parte demandada a que en el término que se le señale deje el inmueble objeto del procedimiento totalmente libre, vacuo y expedito a disposición de mi representada, apercibiéndole de lanzamiento si no lo verifica, todo ello con expresa imposición de costas procesales a la parte demandada.”SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se dio traslado a la parte demandada emplazándola para que la contestara en el plazo de 10 días, no contestando en tiempo y forma y siendo declarada en situación de rebeldía procesal por Diligencia de Ordenación de 19 de noviembre de 2021TERCERO.- La parte actora no solicitó la celebración de vista, por lo que quedaron las actuaciones pendientes de dictar sentencia. CUARTO.- Las presentes actuaciones han sido tramitadas conforme a las normas procesales que le son de aplicación, habiéndose observado el cumplimiento de las prescripciones legales.
FALLO
ESTIMO la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales, Sra. Medina Cuadros en nombre y representación de MAJORO REO II SPAIN SL. contra Ignorados ocupantes de la finca sita en Castellón, Avenida Valencia, nº 62 (finca registral 41.941 del Registro de la Propiedad nº 2 de Castellón) y con referencia catastral 2296502YK5229N0001EP y, en consecuencia: 1. DECLARO haber lugar al desahucio por precario del inmueble sito en Castellón, Avenida Valencia, nº 62 (finca registral 41.941 del Registro de la Propiedad nº 2 de Castellón) y con referencia catastral 2296502YK5229N0001EP, por cuanto ocupan la finca de autos en precario, sin título alguno, sin pagar merced.2. CONDENO a los ocupantes del inmueble a que desalojen la finca que indebidamente ocupan, dejándola libre, vacua y expedita a disposición de la parte actora, con apercibimiento de ser lanzados.Todo ello con expresa imposición de las costas a la parte demandada.Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Castellón (artículo 455 de la LEC).Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.PUBLICACIÓN:Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Juez que la ha dictado, estando constituido en Audiencia Pública, en el mismo día de su pronunciamiento, ante el Secretario Judicial Doy fe.
Castelló de la Plana, 23 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL PALACIOS BENITEZ
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