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Documento BOE-J-2022-570059

CÁCERES. Edicto de 27 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 632/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CÁCERES
Referencia:
BOE-J-2022-570059

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Cáceres

Dirección: Avenida DE LA HISPANIDAD S/N

Localidad: Cáceres

Código Postal: 10002

Provincia: Cáceres

Teléfono: 927620322

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 632/2022

NIG: 1003741120220005006

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: Quince días

DESTINATARIOS

Acreedores de Alcia Rico Tobias

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

D./Dª. JUAN FERNANDO MONTERO MANCHADO, Letrado de la Administración de Justicia de JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 Y MERCANTIL de CACERES, por el presente, HAGO SABER:

1.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000632 /2022 y NIG nº 10037 41 1 2022 0005006, se ha dictado en fecha 13-12-2022 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO SIN MASA, del deudor ALICIA RICO TOBIAS, con DNI nº 28967508C, y domiciliada en Avd. de Igualada nº21-1º-B; 10980-ALCANTARA (Cáceres).-

2. De acuerdo con la documentación aportada por la deudora concurre el siguiente pasivo:

RELACIÓN DE ACREEDORES DE DOÑA ALICIA RICO TOBÍAS

Acreedor

Tipo de

Crédito

Capital Pendiente

Wizink Bank S.A.U.

A81831067

Calle Velázquez, 34 28001 Madrid (Madrid) reclamaciones@wizink.es

TARJETA

1,356.00 €

Unicaja Banco, S.A.

A93139053

Avenida de Andalucía 10-12

(Málaga)

atención.al.cliente@unicaja.es

PERSONAL

4,511.00 €

Unicaja Banco, S.A.

A93139053

Avenida de Andalucía 10-12

(Málaga)

atención.al.cliente@unicaja.es

HIPOTECARIO

46.024.32 €

Unicaja Banco, S.A.

A93139053

Avenida de Andalucía 10-12

(Málaga)

atención.al.cliente@unicaja.es

PERSONAL

12,863.00 €

Unicaja Banco, S.A.

A93139053

Avenida de Andalucía 10-12

(Málaga)

atención.al.cliente@unicaja.es

PERSONAL

7.311.00 €

Unicaja Banco, S.A.

A93139053

Avenida de Andalucía 10-12

(Málaga)

atención.al.cliente@unicaja.es

PERSONAL

15.079.00 €

Unicaja Banco, S.A.

A93139053

Avenida de Andalucía 10-12

(Málaga)

atención.al.cliente@unicaja.es

TARJETA

750.00 €

Unicaja Banco, S.A.

A93139053

Avenida de Andalucía 10-12

(Málaga)

atención.al.cliente@unicaja.es

TARJETA

978.00 €

Caixabank Payments &

Consumer, E.F.C., E.P., S.A. A08980153

Calle Caleruega 102, (28033 Madrid)

servicio.cliente@caixabankpc.com

PERSONAL

2,819.00 €

(Creditea) International Personal Finance Digital Spain S.A.U.

PERSONAL

2,500.00 €

A87026274

Avenida de la Albufera 153

(28038, Madrid) hola@creditea.es

ABANCA Corporación

Bancaria, S.A. A70302039

calle Cantón Claudino Pita nº 2, Betanzos, C.P 15300, A Coruña contacto@abanca.com

TARJETA

1,800.00 €

Cofidis S.A. Sucursal en España

W0017686G

Pl. de la Pau s/n Edificio WTC

AP1 08940 Cornellá De Llobregat, Barcelona infodocumentos@cofidis.es

PERSONAL

3,500.00 €

Total préstamos con garantía hipotecaria: 46.024,32 €.

Total préstamos personales: 53.467,00 €.

Total cuotas de préstamos con garantía hipotecaria: 185,00 €.

Total cuotas de préstamos personales: 745,00 €.

TOTAL PASIVO: 99.491,32 EUROS

3. Remítase la presente resolución telemáticamente al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos: 1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley. 2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados. 3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

4. Adviértase al acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo y que, dentro de plazo, formulen solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el artículo 37 ter TRLC, que la retribución del administrador nombrado por la emisión del informe encomendado corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado, (art. 37 quater TRLC).

5. En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

Cáceres, 27 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN FERNANDO MONTERO MANCHADO

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