Está Vd. en

Documento BOE-J-2022-570034

VALÈNCIA. Edicto de 23 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 674/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-570034

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 674/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrada Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 4 de VALENCIA, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000674/2021 habiéndose dictado en fecha 2 de diciembre de 2022 por el Ilma. Sra. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 4 DE VALENCIA auto FIRME de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se DECRETA la CONCLUSION DEL CONCURSO ABREVIADO tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 674/2021 de los deudores CONCEPCIÓN ASUNCIÓN RUIZ DNI 73502519-Q Y JESÚS BORRUECO FERNÁNDEZ, DNI 18215687-D, y el ARCHIVO de las presentes actuaciones sin más trámite por fin de las operaciones liquidatorias.Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 13 de julio de 2022.Se concede de forma provisional el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, respecto de los créditos ordinarios y subordinados salvo los créditos de derecho público, sin perjuicio del derecho de revocación en el plazo de 5 años que incumbe a los acreedores concursales ex art. 498 TRLC.No aprobar el Plan de Pagos propuesto por la deudora concursada por referirse a crédito de derecho público.Se acuerda disponer el cese de JORGE SÁNDEZ-TARAZAGA Y MARCELINO, MEDIADOR CONCURSAL, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.Se acuerda expedir mandamiento al Registro Civil de la localidad correspondiente acompañando testimonio de la resolución firme, para la anotación marginal de la presente resolución ya que contra la conclusión del concurso no cabe recurso alguno y tiene carácter de firme. Art. 481 TRLCDese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictosLlévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.Contra la aprobación del plan de pagos cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días siguientes a su notificación. Contra la conclusión del concurso no cabe interponer recurso alguno ( art. 481.1 TRLC). Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( art. 481.1TR LC ). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma la Ilma. Sra Dña AMPARO SALOM LUCAS Magistrada Juez-JAT de este Juzgado. Doy fe.

Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en el Registro Público Concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar

València, 23 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid