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Documento BOE-J-2022-569930

BARCELONA. Edicto de 23 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 1430/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-569930

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 11 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 938567959

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1430/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Ismael Sánchez Redondo

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Fecha de presentación: 9/11/2022

Fecha de reparto: 11/11/202

Declarar al deudor ISMAEL SÁNCHEZ ROSENDO, con DNI 52910280E en situación de concurso consecutivo, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración y con los siguientes pronunciamientos concretos:

a) El carácter voluntario del concurso

b) Se acuerda la apertura de la fase de liquidación

c) El deudor queda SUSPENDIDO en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

2.- Procedimiento: Tramitar el presente concurso por los cauces del procedimiento ABREVIADO, con las especialidades de los arts. 708 y ss TRLC.

3.- Nombramiento de Administradores y aceptación: Nombrar administrador concursal a MD JURIDICO c/ Balmes 156. 3º 2ª 08008 Barcelona Telf. 93 368 83 46 md@mdjuridico.es

Se autoriza expresamente a la administración concursal para acceder a las instalaciones y documentos del concursado, en la medida en la que lo consideren necesario para el ejercicio de sus funciones y se advierte al deudor sobre su deber de colaboración con la administración concursal, obligación que se extiende a sus administradores, apoderados y representantes de hecho o de derecho, así como a quienes lo hayan sido durante los dos años anteriores a la declaración del concurso.

4.- Aceptación de la Administración Concursal: Al aceptar el cargo, la Administración Concursal asumirá las siguientes obligaciones:

facilitar una dirección postal y de correo electrónico en que recibir las comunicaciones de créditos.

aportar el certificado del seguro de responsabilidad civil legalmente previsto.

aportar un medio que permita las notificaciones por este Juzgado en cualquier tiempo y momento.

designar en ese acto la persona natural que, en caso de persona jurídica, designe, que deberá comparecer en ese acto para aceptar.

comparecer ante la Unidad de Apoyo Concursal para notificarse de las resoluciones, sin perjuicio de notificarse por correo electrónico o fax cuando proceda.

En la comunicación que se dirija a los acreedores, el administrador concursal se identificará como tal con su nombre y apellidos y además facilitará a los acreedores un teléfono o correo electrónico del administrador concursal a fin de que los acreedores les puedan dirigir sus consultas sobre cómo hacer la insinuación de los créditos.

Promover, en su caso, sin demora la venta de los activos que integran el patrimonio de la actora, sin necesidad de solicitar autorización con arreglo al artículo 43.3.1º LC.

En todo caso, deberá presentar un plan de liquidación en el plazo de 10 días desde la aceptación del cargo de conformidad con el art. 718.1 TR LC.

Presentación del informe. La Administración Concursal deberá presentar el informe en los 10 días siguientes al transcurso del plazo de comunicación de créditos ( art. 711 TRLC).

5.- Publicidad general:

Se ordena anunciar la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado (TEJU) y en el REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL.

La publicación será gratuita en todo caso.

LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES.- Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal en la dirección de correo electrónica que consta en el edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este auto de declaración de concurso en el BOE.

El auto se halla en el RPC.

Barcelona, 23 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, XAVIER GARCIA BONET

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