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Documento BOE-J-2022-569894

CORUÑA (A). Edicto de 23 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 737/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2022-569894

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de A Coruña

Dirección: Calle CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Localidad: Coruña (A)

Código Postal: 15007

Provincia: A Coruña

Teléfono: 881881990

Correo electrónico: mercantil3.coruna@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 737/2022

NIG: 1503047120220001081

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 737/2022 y NIG nº1503047120220001081 se ha dictado en fecha13/12/22 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO en el que se ha declarado en situación de concurso de acreedores al deudor D. JOSE MARIA LOUREIRO FRAGOSO, y se acuerda publicar Edicto extractado, al amparo del art. 35 del TRLC, en el Tablón Edictal Judicial Único, con el siguiente contenido:

- Se declara en situación legal de concurso voluntario sin masa a D. JOSE MARIA LOUREIRO FRAGOSO con NIF 32.798.140W.

- Dentro de los quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, el acreedor o acreedores que representen, al menos el cinco por ciento del pasivo (5%),podrán solicitar el nombramiento de un administrador concursal, para que emita informe razonado y documentado sobre los extremos previstos en el art. 37.ter.1TRLC.

- El pasivo del concursado, conforme a la documentación presentada, reflejado en el Párrafo Cuarto de la Parte Dispositiva, podrá consultarse en la dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es

- La retribución del administrador concursal por la emisión del informe, en caso de solicitar su nombramiento, será satisfecha por el acreedor/es que lo hubieran solicitado.

DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DEL REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL DONDE SEPUBLICARÁN LAS RESOLUCIONES QUE TRAIGAN CAUSA DEL CONCURSO:WWW.publicidadconcursal.es

En A CORUÑA, a diecinueve de diciembre de dos mil veintidós.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

Coruña (A), 23 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FERNANDO SANTISO VAZQUEZ

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