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Documento BOE-J-2022-567674

CÓRDOBA. Edicto de 22 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 510/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 312, de 29 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CÓRDOBA
Referencia:
BOE-J-2022-567674

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Córdoba

Dirección: Calle ISLA MALLORCA S/N

Localidad: Córdoba

Código Postal: 14011

Provincia: Córdoba

Teléfono: 671535222

Correo electrónico: jmercantil.1.cordoba.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 510/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CÓRDOBACIUDAD DE LA JUSTICIA DE CÓRDOBA - C/ Isla Mallorca, s/n - bloque B - Planta cuartaCuenta del juzgado en Banco Santander: IBAN ES 55 0049/3569/92/0005001274Observaciones: 2259/0000/**/****/**Fax: 957354144. Tel.: 671535221/22/23/24/25/26/27/28/29/30/31N.I.G.: 1402142120220019149Procedimiento: Concursal - Sección 5ª (Convenio y liquidación) 510.05/2022. Negociado: B1De: CELSO JOSE PERALES GRANADOSProcurador/a: Sr/a. ELENA GARCINUÑO GONZALEZE D I C T OEL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CÓRDOBA , EN CUMPLIMIENTO DELO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 37 TER del TRLCA N U N C I A1º.- Que en el procedimiento número 510/2022, con N.I.G.: 1402142120220019149por auto de 8 de noviembre de 2022 se abre la fase de liquidación del presente concursode D.CELSO JOSE PERALES GRANADOS., con DNI. N1º 30529634D y condomicilio en PASAJE MARUJA CAZALLA Nº 16, 4- 14011-CORDOBA, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:PARTE DISPOSITIVA1.- Se abre la fase de liquidación del presente concurso del deudor D.CELSO JOSEPERALES GRANADOS , formándose la sección quinta que se encabezará con la presenteresolución.2.- Durante la fase de liquidación, se mantendrán en suspenso las facultades deadministración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectosestablecidos en el Título III del libro I del TRLC.3.-Conforme establece el art. 413 del TRLC, si el concursado fuera persona natural,la apertura de la liquidación producirá la suspensión del ejercicio de las facultades deadministración y de disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, contodos los efectos establecidos para la suspensión en el título III del libro primero.La extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuereimprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado.El derecho a solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho, si concurren lospresupuestos y requisitos en esta ley.4.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán enel TEJU y en el Registro Público Concursal., según lo dispuesto en el art. 410 y 35 delTRLC.Inscríbase asimismo en los Registro correspondientes la apertura de la fase deliquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Civil. Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con loestablecido en el artículo 546 del TRLC, contra la misma cabe interponer recurso dereposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin perjuicio de lo cuál seráejecutivo.Lo acuerda y firma el/la MAGISTRADO/JUEZ , doy fe.CÓRDOBA a doce de diciembre de dos mil veintidós.LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Córdoba, 22 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA COLORADO GAMEZ

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