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Documento BOE-J-2022-567646

BARCELONA. Edicto de 23 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 68/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 312, de 29 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-567646

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 12 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 930002311

Correo electrónico: mercantil12.barcelona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 68/2022

NIG: 0801947120218013694

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de Dña. Liberata Patiño Medrano.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Noelia Oltra Hernández , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Barcelona hago saber que:

En el Concurso consecutivo 68/2022 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Liberata Patiño Medrano, con NIF 26565863N, con domicilio en Calle VILLARROEL 44, 1 1, 08011 – Barcelona.

Se acuerda la exoneración provisional de los créditos no satisfechos por Liberata Patiño Medrano, aprobando el plan de pagos presentado, que se aplicará para el pago de la totalidad de créditos contra la masa y créditos privilegiados recogidos en el mismo, advirtiendo al deudor que con la última de las cuotas deberá haber satisfecho el resto de crédito no exonerable pendiente. El crédito privilegiado reconocido a favor de los acreedores públicos, a razón de 50 euros mensuales durante 59 meses, el último mes liquidará el resto de deuda privilegiada pendiente con este acreedor. Además, la Sra. Patiño tendrá que seguir estando al día en el pago de la cuota hipotecaria.

Se aprueba la rendición de cuentas de la administración concursal y se ordena el archivo de las actuaciones y expresa advertencia al deudor de que si no cumple con el plan de pagos se podrá revocar el beneficio concedido conforme a los trámites legales.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado y formalizarse en el plazo de veinte días desde su notificación.

Barcelona, 23 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, NOELIA OLTRA HERNANDEZ

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