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Documento BOE-J-2022-567630

BARCELONA. Edicto de 22 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 2377/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 312, de 29 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2022-567630

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 12 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 930002311

Correo electrónico: mercantil12.barcelona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 2377/2021

NIG: 0801947120218017117

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Noelia Oltra Hernández , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Barcelona hago saber que:

En el Concurso consecutivo 2377/2021 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Ana Magdalena Tamarit Lopez, con NIF 36565536K, con domicilio en Calle ULL DE LLEBRE 7, 08790 – Safari.

Se dispone la exoneración provisional de los créditos no satisfechos por Ana Magdalena Tamarit López, aprobando el plan de pagos presentado, que se aplicará para el pago de la totalidad de créditos recogidos en el mismo, debiendo haber satisfecho el deudor los créditos no exonerables con el pago de la última cuota.

El deudor se compromete a pagar 60 euros mensuales durante 5 años, para el pago de los créditos privilegiados. Debe advertirse al deudor que, finalizado el plazo, deberá haber satisfecho la totalidad de créditos no exonerables.

Se aprueba la rendición de cuentas de la administración concursal y se ordena la conclusión del concurso, con el archivo de las actuaciones y expresa advertencia al deudor de que si no cumple con el plan de pagos se podrá revocar el beneficio concedido conforme a los trámites legales.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado y formalizarse en el plazo de veinte días desde su notificación.

Barcelona, 22 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LOS ANGELES MIGUEL FERNANDEZ

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