Está Vd. en

Documento BOE-J-2022-566355

LLÍRIA. Edicto de 21 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 39/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-566355

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria

Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N

Localidad: Llíria

Código Postal: 46160

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 962782862

Correo electrónico: MARCONELL_ELE@GVA.ES

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 39/2022

NIG: 4614741120220000159

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/04/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 5 DIAS

DESTINATARIOS

JOSE HIGINIO SANCHEZ INIESTA - NIF/NIE: ***1021**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVAAcuerdo despachar orden general de ejecución de títuloindicado a favor de la ejecutante, BANCO SABADELL, S.A.,frente a JOSE HIGINIO SANCHEZ INIESTA, parte ejecutada,Por importe de 31191,53 euros en concepto de principal eintereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 9357,46euros que se fijan provisionalmente en concepto de interesesque, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y lascostas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.El presente auto, junto con el decreto que dictará elsecretario judicial, y copia de la demanda ejecutiva, seránnotificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y comodispone el artículo 553 de la L.E.C.Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de quela parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución enlos términos previstos en el artículo 557 de la L.E.C. y en elplazo de diez días a contar desde el siguiente a lanotificación del presente auto y del decreto que se dicte. Acuerdo requerir de pago al ejecutado JOSE HIGINIO SANCHEZINIESTA por la cantidad reclamada en concepto de principal eintereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanday, si no pagase en el acto, se proceda al embargo de susbienes en la medida suficiente para responder por la cantidadpor la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta,librando al efecto los despachos correspondientes para su efectividad.Respecto a las medidas de embargo solicitadas en la demandaestese a la espera de la notificación del demandado.El presente decreto se notificará en la forma dispuesta en elauto que autoriza la ejecución.

Llíria, 21 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid