Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de Alzira
Dirección: Plaza DEL SUFRAGI 9
Localidad: Alzira
Código Postal: 46600
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962469814
Concursal
Número: 566/2016
NIG: 4601741120160004620
Auto
Fecha: 13/12/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de Consuelo Panadero Rocher
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (http://www.justicia.gva.es/es/web/justicia).
1.- Se acuerda la conclusión del concurso voluntario de Dª CONSUELOPANADERO ROCHER seguido con el núm. 566/2016 con los efectos establecidos en elartículo 483. RDL 1/2020 TRLC .2.- Se decreta el cese de las limitaciones sobre las facultades deadministración y de disposición de la concursada Dª CONSUELO PANADEROROCHER,salvo las que se contengan en la sentencia de calificación3.- Se decreta el cese en su cargo el administrador concursal , D.JOSEMARIA LLATAS SERRANO aprobándose las cuentas formuladas.Se reconoce a Dª CONSUELO PANADERO ROCHER el beneficio deexoneración del pasivo insatisfecho. El beneficio es definitivo y alcanza a todo el pasivo nosatisfecho por el concursado.El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido, sin perjuicio delrégimen de revocación previsto en el art. 492 TRLC. La extinción de los créditos no alcanzaa los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respecto de los créditos quese extinguen. Resulta de aplicación el régimen de revocación previsto en el art. 492. TRLCConforme a lo dispuesto en el art 489.1 del TRLC se hace constar a solicitudde la Procuradora de los Tribunales Sra. Vidal Cerdá en representación de la entidadCAIXABANK ,S.A.que el beneficio no se extiende al crédito privilegiado de la entidadfinanciera CAIXABANK ,S.A. sobre la finca registral 26.476 del Registro de laPropiedad de Algemesí incluido y reconocido en los textos definitivos de laAdministración Concursal6.- Se acuerda el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, sin más excepcionesque las establecidas en TRLC.7.- A su vez se ordena se expidan los correspondientes mandamientos decancelación de anotación del concurso que pesen, en su caso, sobre el mismo.
Alzira, 21 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANTONIO JOSE JIMENEZ HURTADO
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