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Documento BOE-J-2022-561805

MADRID. Edicto de 19 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 696/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 308, de 24 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-561805

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 696/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

Acreedores de d. José Ignacio Sanz Rodríguez

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Hace saber: 1.- Que en el concurso consecutivo 696/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0434182, por auto de fecha 16 de diciembre de 2022, se ha declarado en concurso voluntario a D. JOSE IGNACIO SANZ RODRIGUEZ, con DNI nº 008xxxxxx, y domiciliado Torrelaguna (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de 10 días, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Dña. MÓNICA USÓN OLASO, con domicilio postal en el Pº de la Castellana 179, esc. C-1º, CP 28046 Madrid, y dirección electrónica monicauson@icam.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que no procede la apertura de Sección Quinta del concurso.

Madrid, 19 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GUSTAVO ADOLFO CARASA ANTON

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