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Documento BOE-J-2022-560629

PICASSENT. Edicto de 19 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 484/2014.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 307, de 23 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-560629

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Picassent

Dirección: Calle BAIXADA DELS JUTJATS 1

Localidad: Picassent

Código Postal: 46220

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 963425175

Correo electrónico: pimi02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 484/2014

NIG: 4619441220140001123

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 19/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

FRANCISCO JAVIER VALIENTE RUIZ - NIF/NIE: ***9707**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE PICASSENTTelf. 963425174 . Fax 963425191N.I.G.:46194-41-2-2014-0001123Procedimiento: Ejecución hipotecaria [EJH] - 000484/2014-De: LM IV ASVProcurador/a Sr/a. PINTADO ROA, CRISTINAContra: FRANCISCO JAVIER VALIENTE RUIZProcurador/a Sr/a.

D E C R E T O

Sr. Letrado A.Justicia: VICTOR JESUS CABRERA GARCIAEn PICASSENT a diecinueve de diciembre de dos mil veintidós

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.-En la presente ejecución se ha solicitado la venta en pública subasta del/los bien/es hipotecado/s, que se relacionarán en la parte dispositiva de esta resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.-Dispone el artículo 691 de la L.E.C., en su inciso primero que : "Cumplido lo dispuesto en los artículos anteriores y transcurridos veinte días desde que tuvieron lugar el requerimiento de pago y las notificaciones antes expresadas, se procederá a instancia del actor, del deudor o del tercer poseedor, a la subasta de la finca o bien hipotecado."

En las presentes actuaciones han transcurrido veinte días desde el requerimiento de pago al deudor, y recibida que fue la certificación de cargas, consta inscrita la finca a nombre del ejecutado, habiéndose expedido por el mismo registro las notificaciones a que se refiere el art. 656 de la LEC. Cumplido lo anterior, y solicitada subasta por el acreedor procede acordar la convocatoria de la misma.

PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:

1.-Sacar a la venta, en pública subasta, el/los bien/es siguiente/s:

URBANA.-Numero setenta y cuatro. Vivienda en planta segunda,puerta diez del edificio en Picassent (Valencia) con acceso por el zaguan C de la calle Llibertat nº 2, tipo 022. Tiene como anejo inseparable una cuota indivisa del 6/671 avas partes del local sin enumerar, situado en la planta de sótano con derecho a utilizar la plaza de aparcamiento numero 89. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Picassent nº 1. Tomo 2678, libro 513, folio 122, inscripción 5ª Hipoteca, 6ª ampliación y 7ª ampliación de la finca nº 33757"..

2.- Habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de la parte ejecutada y de conformidad con lo establecido en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C., acuerdo notificar a la parte ejecutada la presente resolución por medio de edicto, que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado así como en el TEJU por tiempo de 5 días.

3.- Una vez firme el presente decreto, se acuerda anunciar la subasta en el “Boletín Oficial del Estado”, sirviendo el anuncio de notificación al ejecutado no personado. El anuncio de la subasta en el “Boletín Oficial Estado” contendrá exclusivamente la fecha del mismo, la Oficina judicial ante la que se sigue el procedimiento de ejecución, su número de identificación y clase, así como la dirección electrónica que corresponda a la subasta en el Portal de Subastas. En el Portal de Subastas se incorporará, de manera separada para cada una de ellas, el edicto, que incluirá las condiciones generales y particulares de la subasta y de los bienes a subastar, así como cuantos datos y circunstancias sean relevantes para la misma, y necesariamente el avalúo o valoración del bien o bienes objeto de la subasta que sirve de tipo para la misma.

4.- Una vez cumplido lo anterior, procédase a la celebración de la subasta que se llevará a efecto de forma telemática conforme a las normas previstas en la L.E.C.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Sr./a Letrado/a A.Justicia que lo dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Picassent, 19 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR JESUS CABRERA GARCIA

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