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Documento BOE-J-2022-560037

ALMERÍA. Edicto de 19 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 76/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 307, de 23 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2022-560037

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 950809067

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Almeria.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 76/2022

NIG: 0401342120220001785

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 19/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 DIAS

DESTINATARIOS

EUGENIO LOPEZ PEREZ - NIF/NIE: ***8112**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 76/2022 seguido a instancia de MAKRO DISTRIBUCION MAYORISTA SAU frente a EUGENIO LOPEZ PEREZ se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 19 de diciembre de 2022, cuyo tenor literal es el siguiente:

No habiendo comparecido la parte demandada, EUGENIO LOPEZ PEREZ, dentro del plazo para contestar a la demanda que se le ha otorgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la L.E.C., se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.

Según lo dispuesto en el artículo 497.1 de la L.E.C., y por no ser conocido el domicilio o estar en ignorado paradero la parte demandada, notifíquesele esta resolución por edictos, en el Tablón Edictal Judicial Único, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 de la L.E.C., cuando se tenga conocimiento del lugar en que puedan encontrarse.

Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la L.E.C. y en virtud de lo dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a la audiencia previa al juicio, para:

1. Intentar un acuerdo o transacción entre las mismas.

2. Examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto.

3. Fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho, sobre los que exista controversia.

4. Proponer y admitir prueba, en su caso.

5. Examinar las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley, puedan plantearse en la misma.

Se señala para la celebración de la audiencia el próximo día 8 DE MARZO DE 2023 A LAS 13,00 HORAS, en la sede de este tribunal, citándose a las partes con las prevenciones que seguidamente se indican:

- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.

- Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores, deberán otorgar a estos poder para renunciar, allanarse o transigir.

- Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá por no comparecidos (artículo 414. 2 de la L.E.C.).

- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará decreto de sobreseimiento del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legítimo en que continúe el procedimiento, también se sobreseerá el proceso (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo con el actor (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora, se sobreseerá el proceso, salvo que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento ( artículo 414.4 de la L.E.C.).

- Si faltare el abogado de la parte demandada, se seguirá la audiencia con el demandante en lo que resultare procedente (artículo 414.4 de la L.E.C.).

La vista/audiencia previa señalada se celebrará sin la presencia del/la Sr/a Letrado/a de la Administración de Justicia, pudiendo las partes solicitar al menos dos días antes de la celebración de la vista/audiencia la presencia del/a mismo/a en la sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 147 de la L.E.C.

Y encontrándose dicho demandado, EUGENIO LOPEZ PEREZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Almería, 19 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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