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Documento BOE-J-2022-555955

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 19 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 182/2014.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 306, de 22 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2022-555955

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31071

Provincia: Navarra

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 182/2014

NIG: 3120147120140000191

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 12/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso BIOENERGIA ULTZAMA SA, con CIF nº A31980956

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000182/2014 referente al concursado BIOENERGIA ULTZAMA SA con CIF A31980956, con domicilio en POLIGONO ELORDI, CALLE B, 2 de Iraizotz por auto de fecha 12 de diciembre del 2022 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad BIOENERGIA ULTZAMA SA, con CIF nº A31980956 y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.

2º.- Se acuerda el cese en su cargo del Administrador Concursal y se declaran aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal.Conforme a lo dispuesto en art. 479.6 TRLC llévese testimonio de la presente resolución a la Sección 2ª.

3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 1.441, Folio 198, Hoja NA-28.648. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

5º.- Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación por este Juzgado en el Registro Público Concursal.

6º.- Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial “Boletin Oficial del Estado”, para su publicación electrónica en el TEJU.Comuníquese a todos los Juzgados de 1ª Instancia y Social de Pamplona, con el fin de que se ponga en conocimiento la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes TRLC.RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 TRLC)

Pamplona/Iruña, 19 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE

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