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Documento BOE-J-2022-555887

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 19 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 120/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 306, de 22 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-555887

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621448

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 120/2022

NIG: 1204066120220000126

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

A todos los interesados y acreedores de "Puertas y Automatismos SALPE, S.L.", con CIF nº B12856126

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal CONCURSO ABREVIADO [CNA] número 000120/2022 referente al deudor PUERTAS Y AUTOMATISMOS SALPE, S.L., con CIF nº B12856126 se ha acordado por AUTO DE 14/12/2022 APROBAR EL PLAN DE LIQUIDACIÓN presentado por la Administración concursal de la concursada "PUERTAS Y AUTOMATISMOS SALPE, S.L.", datado con fecha 25/10/2022, al que habrán de sujetarse las operaciones de liquidación de la masa activa, siendo aplicable, en lo no previsto, las normas supletorias que recoge el artículo 149 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

SEGUNDO.- Se ha ordenado la formación de la SECCIÓN SEXTA, DE CALIFICACIÓN. La sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la administración.

TERCERO.- Se concede a los acreedores el plazo de UN MES para que remitan por correo electrónico a la administración concursal cuanto consideren relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos (447 TRLC). Transcurrido el citado plazo, la Administración deberá presentar, en el plazo de QUINCE días, el informe prevenido en el artículo 448 de la Ley Concursal, a cuyo efecto será requerida por este Juzgado.Se requiere a la Administración Concursal para que aporte informe sobre liquidación cuando discurran tres meses desde la apertura de la pieza de liquidación.

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Castelló de la Plana, 19 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA

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